A partir de febrero de 2026, la Clave Única de Registro de Población (CURP), en su nueva versión con datos biométricos, será aceptada como identificación oficial al momento de realizar trámites.
Por los datos que contiene, la CURP biométrica se suma a los documentos que deberán ser aceptados como identificación oficial, como lo es la credencial del INE y el pasaporte, tanto por dependencias gubernamentales como por instituciones privadas.
Esta medida está vigente tras la aprobación de la reforma a la Ley General de Población con el respaldo de la mayoría de Morena en el Congreso y su publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2025.
Tramitar la CURP biométrica no es obligatorio; sin embargo, los entes públicos y privados sí deberán aceptar este documento como una forma de identificación oficial en caso de que el titular la presente para llevar a cabo algún trámite.
La versión biométrica contendrá los 18 caracteres alfanuméricos que identifican de manera única a cada persona en México como nombres y apellidos, fecha de nacimiento, sexo o género, lugar de nacimiento y nacionalidad.
Sin embargo, se le añade información biométrica como huellas dactilares de ambas manos, escaneo de iris de los ojos, una fotografía digital y firma electrónica.
Anexar la CURP biométrica tiene como objetivo la creación de la Plataforma Única de Identidad, con la que se podrá realizar el monitoreo continuo para el seguimiento de la Clave Única de Registro de Población de una persona desaparecida o no localizada, para identificar cualquier movimiento o actualización que pudiera dar información para la investigación, búsqueda e incluso localización.
En octubre comenzó la fase piloto, por lo que, para hacer las primeras pruebas, se abrieron módulos en Veracruz, Ciudad de México y Estados de México, para que los ciudadanos pudieran realizar el trámite de manera voluntaria.
No obstante, la fase piloto ya culminó y en enero de 2026 comenzó la expansión del trámite a nivel nacional y se abrieron módulos del Registro Civil en todo el país para que las personas pudieran acudir a hacer el trámite.
Desde febrero de 2026, las dependencias gubernamentales y organismos privados deberán de aceptar este documento para validar la identidad de una persona cuando realice algún trámite o al solicitar un servicio.
¿En qué trámites comenzarán a aceptar la CURP biométrica?
El artículo 91 Bis de la Ley General de Población en México establece la creación de la CURP con datos biométricos como el documento nacional de identificación obligatorio y de aceptación universal.
“La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital”, detalla el artículo.
Por lo anterior, a partir de febrero las personas podrán entregar la CURP biométrica ante dependencias gubernamentales u organismos privados, así como el INE y el pasaporte, como identificación oficial para llevar a cabo trámites como:
- Afiliación a servicios de salud, como inscripciones a hospitales y clínicas, así como para darse de alta en los sistemas de salud pública.
- Apertura de cuentas bancarias, solicitar algún crédito y en el caso de pedir productos financieros.
- Programas sociales como pensiones, becas, subsidios y cualquier apoyo gubernamental.
- Inscripciones escolares y trámites administrativos dentro de las instituciones educativas, ya sean públicas o privadas.
- Validación de identidad digital en plataformas de comercio electrónico y servicios digitales.
¿Cómo se puede tramitar la CURP biométrica?
Este trámite solamente se puede realizar de manera presencial y para ello es necesario que cada persona ubique la oficina del Registro Civil o módulo más cercano a su domicilio, de acuerdo con la entidad en la que radique, para solicitar el documento oficial.
En el caso de la Ciudad de México, es necesario agendar una cita previa en el módulo al que se desea acudir.
El trámite se realiza de manera gratuita y al acudir al módulo es necesario presentar los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento certificada y actualizada.
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- CURP tradicional validada por el Registro Nacional de Población (RENAPO).
- Comprobante de domicilio con una antigüedad que no sea mayor a tres meses.
- Correo electrónico activo.
Durante el proceso, personal del Registro Civil se encargará de tomarle a cada persona la captura de las diez huellas dactilares de las manos, escaneo del iris de ambos ojos, fotografía facial de alta resolución y generación de una firma digital.
En el caso de menores de edad, además de los documentos antes mencionados, se requiere que acuda a realizar el trámite acompañado por su madre, padre o tutor legal, quien debe acreditar el parentesco y la identidad de la niña, niño o adolescente.
Una vez que se haya concluido con el registro de biométricos de manera satisfactoria se enviará al correo electrónico proporcionado el comprobante de la solicitud de inscripción al Registro Nacional de Población de que los datos fueron almacenados.